sábado, 11 de junio de 2011

Horizontalizar la producción: se aprobó la reforma a la ley de concursos y quiebras tan ansiada por las fábricas recuperadas


La semana pasada se aprobó en Senadores la reforma a la Ley de Concursos y Quiebras. Esta reforma conjuga los años de lucha que vienen dando los cooperativistas y trabajadores de fábricas tomadas que demuestran día a día su capacidad de autogestión e independencia a un mandato patronal.

El Centro de Estudios Legales Arturo Sampay, celebra la voluntad política de este gobierno, de receptar la labor incansable de los trabajadores de fábricas recuperadas y de la cantidad cooperativas que escribieron, impulsaron y acompañaron la sanción de esta reforma.

Tras la aprobación unánime de la ley (en general, salvo por la aclaración que hiciera el Senador Romero, decidiendo no acompañar los artículos más profundos de la reforma), se envió a diputados un proyecto correctivo, el que, al decir de la senadora Fellner, si bien no es la forma más prolija de legislar, sí la que mejor puede atender a las urgencias nacionales, como en este caso, lo era la institucionalización de una reivindicación histórica.

La ley vigente Nº 24.522 fue modificada en el año 1995 impulsada por el ex Ministro de Economía Domingo Cavallo junto a los grandes Bancos de Capitales Extranjeros y los más grandes estudios de abogados, uno de ellos del Dr. Julio Cesar Rivera (abogado defensor de los ex dueños de Ghelco S. A., recuperada por los trabajadores nucleados en la Cooperativa de Trabajo Vieytes Limitada).
Actualmente existen 8.000 fábricas cerradas por quiebra, otro tanto en concursos preventivos, que recorren todo el territorio argentino. Se deben liquidar en cuatro meses sin excepción según dicta el artículo 217 última parte de la Ley de Concursos y Quiebras, extensibles solo por 30 días más. Esto implica que gran parte del aparato productivo va a ser rematado a precio vil y muy pocas fábricas serán recuperados para la producción.
En la vereda de enfrente, las fábricas que hasta ahora fueron recuperadas, aun con las adversidades técnicas y jurídicas que se presentaban, presentan un exelente resultado: a lo largo del país 280 fábricas recuperadas emplean a más de 20.000 empleados, que acceden a un sueldo no menor a los $3.000 (y que en casos llega a los $6.000), es decir, un sueldo considerablemente distanciado del mínimo, vital, y móvil.

Los puntos más importantes del proyecto aprobado son:
  • Otorga prioridad a los trabajadores para que adquieran la empresa en quiebra con sus créditos laborales, los que serán calculados conforme la indemnización completa que se establece en el Régimen de Contrato de Trabajo.
  • Deroga la suspensión de los intereses compensatorios que devengan los créditos laborales, para que los trabajadores no sean la variable de ajuste en los procesos concursales, tal como lo establece la ley vigente.
  • Posibilita que los trabajadores se hagan cargo de la empresa antes de llegar a la quiebra utilizando sus créditos laborales, evitando el cierre de la misma y asegurando la fuente de trabajo. 
  • Suprimir la suspensión de los Convenios Colectivos de trabajo que estableció la reforma de los años 90.
  • Garantiza el acceso a la información de los trabajadores en todo el proceso, aún en el concurso preventivo.


Para los interesados, la película completa:


Cuadro comparativo (ley 24.522 - reforma).




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